Modificación al requisito de libre deuda universal

Concejales analizaron un proyecto que propone la suspensión del libre de deudas universal del Municipio, a todos aquellos contribuyentes que tramiten la obtención de la licencia nacional de conducir.

RIO GRANDE.- En la jornada del martes, en las instalaciones del Museo Virginia Choquintel. Los ediles debatieron sobre la modificación de la norma que establece los requisitos para que los contribuyentes logren acceder a la libre deuda municipal, para extender el carnet de conducir. Del encuentro participó la secretaria interina del Juzgado de Faltas de la ciudad Paola Mangialavori quien brindó aspectos fundamentales en el debate.

El proyecto propone suspender por el término de ciento ochenta días la exigencia de presentar el libre de deudas universal de tasas municipales, multas, derechos y/o contribuciones a todos aquellos contribuyentes que tramiten la obtención de la licencia nacional de conducir.

A partir de la presencia de la representante del Juzgado de Faltas Municipal se avanzó en la modificación del Código Tributario, del artículo 74 y 76 que se contraponen, dado que uno propone que para obtener el Carnet de Conducir hay que presentar el Libre Deuda Universal y esto implica no sólo las infracciones, patentes o multas por tránsito sino también las que tienen que ver con Medio Ambiente, impuestos, o servicios.

Normativas contrapuestas

La secretaria interina del Juzgado de Faltas, Paola Mangialavori, señaló que “es un proyecto que plantea suspender por un periodo de tiempo acotado de 180 días la posibilidad de exigir el libre deuda universal, ya sea para todos los gravámenes y para algunas multas que establece el código fiscal, el cual tiene dos artículos que en principio a simple lectura de los mismos parecieran que se contraponen, no obstante nosotros desde el Juzgado de Faltas como tenemos la tarea de emitir estos libres deudas lo que hacemos es una armonización de estos artículos”.

Explicó que se está hablando del “artículo 74 que es el que pretende modificar la concejal Mora, y el artículo 76, el 74 establece que el libre deuda es universal para todos los gravámenes y las multas relacionadas con Zoonosis, no obstante tenemos el artículo 76 que menciona al libre deuda como un documento que se tiene que exigir respecto de todas las multas que tengan relación con el objeto por el cual se solicita ese certificado. Como representante del Juzgado de Faltas estuvimos exponiendo como era la mecánica por medio de la cual se extendía este certificado desde nuestro sistema informático y que sucedía cuando el sistema informático no extendía este certificado, pero que si correspondía hacerlo, entonces en este caso extendemos un certificado especial de libre deuda que lo hacemos manualmente”.

Por último dijo que “en el Juzgado de Faltas tenemos un promedio de aproximadamente de 200 causas mensuales que van al área de jurídico, siendo que la universalidad de materias que van a jurídico realmente es amplio, es algo que quedó pendiente en la comisión en la comisión para poder evaluarlo de una manera más exhaustiva a través de una estadística que surge de nuestro sistema informático, pero hay causas inclusive por estacionamiento medido, no solamente causas relacionadas a alcoholemia que son las más onerosas, o algunas causas de tránsito como violar una luz roja”.

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