Congelamiento de alquileres y créditos

Es una forma de apoyar a determinados sectores que ven perjudicada su economía a causa de la medida de aislamiento preventivo.

En el caso de las deudas, tanto para alquileres como para créditos hipotecarios, estas se abonarán a partir del 3 de octubre próximo con intereses compensatorios, aunque sin penalidades.

BUENOS AIRES (NA).- El gobierno publicará en el Boletín Oficial el DNU que permitirá congelar el precio de alquileres y créditos hipotecarios, hasta el 30 de septiembre, además de suspender desalojos por falta de pago, indicaron hoy fuentes oficiales.
El decreto prevé que el valor del alquiler se mantenga a marzo y establece una prórroga en la vigencia de contratos.
La medida alcanzará a inmuebles destinados a viviendas, habitaciones y pensiones alquilados por familias; actividades culturales; espacios para la producción rural, locales alquilados por micro, pequeñas y medianas empresas; y cooperativas de trabajo.
Según los puntos principales del decreto, quedará exceptuado el arrendatario que acredite que “depende del alquiler” para cubrir sus necesidades básicas o las de su familia.
Esta iniciativa surge como forma de apoyar a determinados sectores que ven perjudicada su economía a causa de la medida de aislamiento preventivo para frenar la propagación de la pandemia del COVID-19, indicaron fuentes oficiales.
Respecto de los créditos hipotecarios, la medida de congelamiento alcanza también a los créditos prendarios UVA.
“Las deudas por diferencia de monto, entre lo que se debería haber pagado y lo que se pague a causa del congelamiento, se abonará, a partir de octubre, en tres cuotas sin interés”, según el contenido del DNU al que accedió la agencia NA.