Comenzaron los alegatos en el juicio a gremialistas: “Esta vez se equivocaron muchachos”, dijo el Fiscal

Con la sala llena, en los Tribunales de Ushuaia comenzaron los alegatos del juicio a sindicalistas de SUTEF y Camioneros por la toma de Casa de Gobierno. La querella fue la encargada de abrir esta etapa del debate, pidiendo entre cuatro y cinco años de prisión para ocho de los imputados, acusados de “lesiones graves” contra dos efectivos policiales; entre ellos al titular del gremio docente, Horacio Catena. La Fiscalía en tanto pidió la absolución total para cinco de los imputados, y condenas de 8 meses a 3 años de prisión para los 28 restantes.
USHUAIA.- Luego de una semana donde abundaron cruces y pedidos de nulidades, que fueron descartados por la Fiscalía (Ver aparte), se inició ayer en los Tribunales de Ushuaia la etapa de alegatos en el juicio que se lleva adelante contra 34 gremialistas de SUTEF y Camioneros, por los daños y agresiones a policías que se produjeron en Casa de Gobierno, en mayo de 2013.

Tanto la querella como la Fiscalía tuvieron oportunidad de formular sus alegatos, de los cuales sólo surgieron cinco pedidos de absolución de todos los cargos. En tanto el miércoles a partir de las 10:00, las defensas de Camioneros y SUTEF brindarán los propios.

El primero en tomar la palabra ayer fue el abogado de la querella, Federico Vidal, en representación del efectivo Jonathan Dutrá, agredido durante aquella jornada. En su alegato, el letrado mencionó a los gremialistas Muñoz, Gómez, Zúñiga, Benítez, Ferreyra, Catena y Giménez, a quienes consideró “co-autores por lesiones leves en concurso real por lesiones graves, agravado porque las lesiones fueron hacia un efectivo policial que se encontraba cumpliendo sus funciones, en concurso ideal con resistencia a la autoridad”.

En este sentido Vidal pidió “cuatro años de prisión efectiva más accesorias legales y costas” para los siete sindicalistas. El abogado de la Policía destacó que no encontró arrepentimiento en la declaración de Horacio Catena. “Sí pidió disculpas a la comunidad por el comportamiento que había tenido, pero mostró total desprecio a la autoridad policial sin pedir disculpas al oficial que agredió”, indicó.

En tanto el doctor Guillermo González, en representación del oficial Leandro Pérez Soriano, alegó respecto de la agresión sufrida por el Policía de parte del gremialista Leonardo Ríos, a quien acusan de haber lanzado una madera tipo jabalina que impactó contra Soriano y le causó graves lesiones, incluso mencionó que continúa con algunas secuelas en el oído hasta el día de la fecha.

González pidió cinco años para Ríos por encontrarlo responsable como autor material de “resistencia a la autoridad con lesiones graves con resistencia a la autoridad”.
Duro alegato de la Fiscalía

En un extenso alegato, el Fiscal Mayor Guillermo Massimi -quien acusa a 33 de los imputados- se refirió a la llamada “criminalización de la protesta” y recordó que en varios juicios anteriores desde la misma Fiscalía “se han impulsado varios juicios que han obtenido condenas en orden al exceso de represión por parte de las fuerzas policiales a una manifestación. Esto en definitiva es lo que corresponde”, dijo.

Los fiscales Massimi y Curtale pidieron la absolución total para cinco de los imputados, y condenas que van de los 8 meses a 3 años de prisión para los 28 restantes. (Ver aparte)

Massimi recordó que “de las ocupaciones realizadas por gremios a edificios públicos, sólo dos se judicializaron, y sólo una llegó a la instancia de juicio que hoy transitamos; hay muchas manifestaciones, y el sistema represivo no está a la par de esas manifestaciones, esta es la única causa que ha llegado a juicio. Sin ir más lejos estamos escuchando ruidos de bombos afuera del Tribunal y eso es una manifestación pacífica, nadie les ha dicho nada, ni hay fuerzas reprimiendo esa manifestación”, señaló.

El Fiscal fue contundente en su análisis sobre la “criminalización de la protesta” instalada por los sindicatos al señalar que “a la remera que llevan los gremialistas lo que le falta decir es ´no a la criminalización de la protesta social pacífica´, eso es lo que le falta a este caso”.

“En esta oportunidad muchachos, no vamos a avalar, como en otros casos, las protestas que hacían en otros ámbitos, pero en esta oportunidad no, esta vez se equivocaron”, remarcó.

En este sentido apuntó que “lamentablemente en esta oportunidad, no lo vamos a compartir como lo hemos hecho en otras ocasiones, sí estábamos dispuestos a avalar una postura que no era la misma para todos los casos, por eso dijimos que sí a varias solicitudes de probation en su momento”.

Desde el punto de vista jurídico el Fiscal argumentó con declaraciones de la Organización Mundial del Trabajo (OIT) que refiere a la intervención policial durante manifestaciones de trabajadores y piquetes. “La OIT dice que los principios de libertad sindical no protegen extralimitaciones en el derecho a la huelga que contemplen acciones de carácter delictivo”, apuntó.

Además citó la declaración Universal de Derechos Humanos que contempla la libertad de expresión y de reunión señalando que “el ejercicio violento de dichos derechos no está amparado por la ley internacional, como el portar palos, no encuadra en las previsiones”. Y agregó que la Corte Europea de Derechos Humanos expresa que “el derecho de reunión debe ser pacífico, no encontrando resguardo legal la violencia”.

Según Massimi “en muchos casos -como ha ocurrido en este- la protesta social se canaliza por medio de delitos que afectan a la integridad física, lesiones contra particulares, efectivos policiales, afectando el patrimonio público, daños, como así también intereses generales de la sociedad como la toma de edificios públicos y privados”.

En este orden destacó que “acá hay que ver los derechos confrontados con otros derechos como son la integridad física de los efectivos policiales que estaban en el lugar trabajando, el daño a la propiedad pública que también son derechos constitucionales”.

Finalmente señaló que “la llamada protesta social, está amparada por el ordenamiento jurídico, pero ese derecho no puede amparar actos violentos o que constituyan actos ilícitos, la propiedad pública, la integridad física que también tienen jerarquía constitucional”.

“Se encuentra probado especialmente por los registros fílmicos y fotografías, exámenes médicos y declaraciones de los propios involucrados que son los dos hechos principales por los cuales la fiscalía a promovido este juicio; la violencia invertida sobre los funcionarios policiales y, en segundo lugar, los daños efectuados tanto al edificio público como los móviles de la Policía”, cerró Massimi antes de comenzar a enumerar los pedidos de absolución y condena.
Destacado——-

“A la remera que llevan (los gremialistas) lo que le falta decir es ´no a la criminalización de la protesta social pacífica´, eso es lo que le falta a este caso”, dijo Massimi en su alegatos

 
UNO A UNO

Las absoluciones y condenas que pide la Fiscalía
Luego del extenso alegato, el fiscal Mayor Guillermo Massimi, dio lugar al doctor Daniel Curtale quien alegó con detalles la intervención de cada uno de los imputados para finalmente solicitar absoluciones y condenas según el caso, y el tipo de hecho: violencia sobre funcionarios (hecho 1) y daños sobre bienes (hecho 2).

La Fiscalía pidió un total 28 condenas, algunas por la violencia sobre funcionarios y en otros casos por los daños sobre bienes muebles e inmuebles; y 5 absoluciones totales. Dos condenas efectivas. A Leonardo Alexis Ríos por el monto de la pena y a Néstor Fabián Tavi por declaración de reincidencia por segunda vez.
Pedidos de absoluciones

Los pedidos de absoluciones en el hecho 1 (violencia sobre funcionarios) fueron para: Gabriel Matías Maciel, Christian Adolfo Schnack, Marcos Donato Ferreyra y Juan Carlos Mallón.

En orden al Hecho Nº 2 (daños sobre bienes muebles e inmueble): Héctor Horacio Muñoz, Marcelo Waldino Villada, Carlos Alberto Villarreal, Sebastián Epifanio Giménez, Cristino Estanislao Silva, Alejandro Daniel Gómez, y Leonardo Alexis Ríos.

En relación a ambos hechos pidió la absolución del titular de SUTEF, Raúl Arce.

De esta manera piden dejar absueltos de todos los cargos a: Gabriel Matías Maciel, Christian Adolfo Schnack, Raúl Arce, Marcos Donato Ferreyra y Juan Carlos Mallón.
Pedidos de condenas

-Para Héctor Horacio Muñoz: 3 años de prisión, la imposición de reglas de conducta solicitadas, más las costas del proceso por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de Lesiones graves ocasionadas al policía Jonathan Nicolás Dutrá en concurso real con el delito de lesiones leves cometidas en perjuicio del policía Ricardo Francisco Alfonzo. Asimismo tanto las lesiones leves como las lesiones graves, se ven agravadas por ser el sujeto pasivo miembro de una fuerza de seguridad.

-Horacio Catena: 3 años de prisión. Coautor penalmente responsable del delito de Lesiones graves en perjuicio del policía Jonathan Nicolás Dutrá, en concurso real con el delito de lesiones leves cometidas en perjuicio del policía Mariano Daniel Brazanovich. También por el delito de atentado a la autoridad agravado por haber puesto manos a la policía Irene Lucía Levín.

– Marcelo Waldino Villada y José Antonio Martínez: 1 año y 6 meses de prisión. Coautores penalmente responsables del delito de lesiones leves cometidas en perjuicio del policía Ricardo Francisco Alfonzo.

– Carlos Alberto Villarreal, Sebastián Epifanio Giménez, Christopher Kevin Flores, Cristino Estanislao Silva, Víctor Alejandro Marín, Carlos Hugo Díaz, Horacio Oscar Solís, Juan Manuel González, René Osvaldo Massa, Rodrigo Matías Rafael Roa, Carlos Humberto Juárez, Daniel Esteban Capdevila, David Emanuel Zeballes y Francisco Ezequiel Coria: 1 año de prisión. Coautores penalmente responsables del delito de atentado a la autoridad doblemente agravada por haberse cometido por una reunión de más de tres personas y por poner manos en la autoridad.

– Alejandro Daniel Gómez, Gastón Héctor Luis Benítez, Ramón Martín Giménez y Juan Beltrán Ferreyra: 3 años de prisión. Coautores penalmente responsables del delito de lesiones graves ocasionadas al policía Jonathan Nicolás Dutrá, calificadas por ser el sujeto pasivo miembro de una fuerza de seguridad, en concurso ideal con el delito de atentado a la autoridad.

– Víctor Hugo Zúñiga Pérez (tiene condena reciente): 3 años de prisión. Coautor penalmente responsable del delito de lesiones graves ocasionadas al policía Jonathan Nicolás Dutrá. A su vez estos concursan realmente con el delito de daño agravado.

– Leonardo Alexis Ríos: 4 años de prisión. Autor penalmente responsable del delito de lesiones graves cometidas en perjuicio del policía Leandro Javier Pérez Soriano.

– Néstor Fabián Tavi: 1 año y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento; declaración de Reincidencia por 2ª vez, más las costas del proceso. Coautor penalmente responsable del delito de atentado a la autoridad doblemente agravada por haberse cometido por una reunión de más de tres personas y por poner manos en la autoridad.

– Verónica Vanesa Alfonzo y Marcelo Humberto Bonadíes: 8 meses de prisión. Coautores penalmente responsables del delito de atentado a la autoridad doblemente agravada.

– Marcelo Luque: 1 año y seis meses de prisión. Autor materialmente responsable del delito de daños reiterados -dos hechos en concurso real- agravados por haber sido cometidos con el fin de impedir el libre ejercicio de la autoridad.

 
Sin lugar a nulidades
RIO GRANDE.- Respecto de la nulidad planteada por las defensas de los imputados docentes y camioneros, sobre algunos testimonios brindados en el juicio, el Fiscal Mayor Guillermo Massimi aseguró -durante su alegato- que “no está prevista ninguna nulidad”.

De esta manera se refirió a los argumentos de la defensa que planteó la contradicción entre testigos, la contradicción de un mismo testigo, a lo que se ha sumado el testimonio del ex funcionario de Gobierno, Diego Boxer señalando que había recibido mails con información del hecho que se está investigando pero además con algunos audios que hacían referencia a declaraciones prestadas en el juicio.

En este orden el Fiscal recordó el artículo 153 del Código Procesal que dice que “los actos procesales serán nulos solo cuando no se hubieran observado las disposiciones expresamente previstas bajo pena de nulidad”, para luego enumerar la serie de casos posibles, entre los cuales –dijo- no se encuentra el pedido de la defensa.

En este sentido remarcó que “cualquier contradicción que pudiera existir en las declaraciones de los testigos y una contradicción propia que admitió un testigo en su declaración anterior, no tiene prevista una sanción o nulidad”.

Massimi señaló que “el doctor Sánchez Otharán (abogado de SUTEF) dijo, con respecto a esta situación, en relación a la declaración del testigo (Diego) Boxer, que ponía en tela de juicio a todos los testigos que se habían presentado en este juicio. Para el letrado la gravedad de la situación requiere anular los testimonios de los funcionarios citados por la defensa, vale decir dejar sin herramientas ni posibilidades jurídicas de elaborar su alegato”.

También citó textualmente la declaración del secretario Gremial de SUTEF, Raúl Arce en distintos medios de comunicación sobre este tema cuando señaló que “la fiscalía lo que va a hacer es eliminar a Boxer como testigo, eso no beneficia a los trabajadores, argumentando que no se puede conservar la declaración de alguien que ha entrado en un falso testimonio”.

En este orden Massimi agregó respecto a los dichos de Arce que “no hay nada más lejos de la realidad, nosotros no vamos a pedir la nulidad de ningún testimonio, ni siquiera la del señor Boxer, que por supuesto debe ser investigado en actuaciones separadas, esto se va a materializar una vez finalizado este proceso”.

“La fiscalía no pretende anular ningún testimonio y menos quitar herramientas a la defensa para impedirle que lleve adelante su alegato”, sentenció.

El doctor Daniel Curtale, integrante de la Fiscalía, alegó con detalles la intervención de cada uno de los imputados
El doctor Daniel Curtale, integrante de la Fiscalía, alegó con detalles la intervención de cada uno de los imputados